Herencias y legados
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gracias amiga por ser una estrella
Otra forma de colaborar: incluye a Agua de Coco en tu testamento.
Cada vez más personas incluyen a organizaciones no lucrativas como beneficiarias en su testamento.
Esto demuestra una actitud generosa y comprometida que contribuye a lograr un futuro más justo para todas las personas del mundo, incluso cuando ya no estemos aquí.
El equipo especialista en Herencias y Legados de Agua de Coco está a tu disposición para informarte y aclararte cualquier duda, sin compromiso alguno por tu parte. En caso de testar a favor de Agua de Coco, te ofrecemos el asesoramiento preciso para que tu voluntad sea cumplida de forma efectiva y con absoluta confidencialidad.
¿Te surgen varias preguntas? A continuación, te contestamos algunas:
¿Qué puedo hacer?
En tu testamento, puedes tomar las medidas necesarias a favor de tu familia y amigos. Además puedes destinar parte de tu herencia a la finalidad que tu elijas. Si quieres mejorar la calidad de vida de miles de personas, puedes hacerlo incluyendo a Agua de Coco en tu testamento. Es sencillo y no supone un perjuicio para tus seres queridos.
¿Por qué incluir a Agua de Coco en tu testamento?
Porque donar tus bienes a Agua de Coco es: Contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas desfavorecidas en los países del Sur, especialmente las mujeres, las niñas y los niños, en países empobrecidos. Crear, a diario, un mundo más justo y solidario. Hacer posible un presente y un futuro en el que cada vez sean más respetados los derechos de la infancia.
¿Cómo vamos a utilizar tu legado en Agua de Coco?
Preguntas frecuentes
¿Cuáles son las ventajas de hacer un testamento?
Hacer testamento te permite decidir cómo quieres administrar tu patrimonio. Es la garantía que tienes de que cualquier deseo que tengas, como establecer un legado o donar algo específico a alguien, se va a cumplir. Puedes nombrar a un tutor de tu confianza si tienes hijos menores o incapacitados.
El testamento permite que se cumpla tu voluntad de la forma más económica posible, ya que evita costear el correspondiente procedimiento de testamentaría. Es el fiel reflejo de tu voluntad y de tus deseos, y además, evita problemas a tus familiares. En caso de no hacerlo, tu familia puede tener dificultades innecesarias y sería la Ley la que decidiría la forma de dividir tu patrimonio.
Para conseguir que tu testamento sea válido y pueda cumplirse en la forma que hayas establecido, te recomendamos que, dada la variedad de formas de testamento que existen, te asesores siempre por medio de una persona profesional del derecho. También es recomendable que lo revises de vez en cuando, de forma que esté continuamente actualizado. Si te interesa, Agua de Coco te contactará con profesionales independientes de reconocida experiencia.
¿Cuáles son las formas de incluir a Agua de Coco en mi testamento?
Existen diferentes maneras de tener presente a Agua de Coco en tu testamento, dependiendo de tus circunstancias:
- En el caso de que no tengas herederos, puedes nombrar a Agua de Coco heredero universal, entregándole todos tus bienes, derechos y/o acciones.
- En el caso de que quieras entregar tus bienes a más de una persona y/o institución, puedes nombrar a Agua de Coco coheredero, señalando en el testamento el porcentaje asignado a cada una de las partes.
- Realizar una donación a Agua de Coco de un bien concreto a través de un legado, es decir algo concreto. Puede ser:
- Una cantidad determinada de dinero efectivo o depositado en el banco.
- Un porcentaje sobre el valor total del patrimonio.
- Una propiedad inmobiliaria (una vivienda, un terreno o una finca rústica). – Unos bienes inmuebles (obras de arte, antigüedades, joyas, muebles…).
¿Qué diferencia hay entre una herencia y un legado?
– Herencia: el total de bienes, derechos y obligaciones que permanecen tras el fallecimiento de una persona y se divide en tres partes iguales:
Legítima: Tercio de bienes de la herencia que le corresponde a los herederos forzosos por lazos de consanguinidad, siempre que los haya (hijos, hijas y descendientes), a partes iguales.
El tercio de mejora: También destinado a los herederos legítimos. Se puede repartir como se estime oportuno y no necesariamente a partes iguales.
El tercio de libre disposición: El testador o testadora puede dejárselo a quien quiera, sea familiar o no, pudiendo ser una persona física o jurídica, incluyendo entidades sin ánimo de lucro como Agua de Coco. El legado afecta a esta parte del patrimonio que no corresponde obligatoriamente a los herederos forzosos.
* Si no hay herederos legítimos (son tales hasta el cuarto grado de parentesco: ascendientes, descendientes y cónyuge) la persona puede disponer por testamento de todos sus bienes y nombrar heredero universal a Agua de Coco. En este caso, si no se realiza testamento, hereda el Estado.
* Si hay herederos forzosos y testamento de últimas voluntades, el tercio de libre disposición pasaría a ser del 100% para la persona física o jurídica que se designe en el testamento, que en este caso podría ser a beneficio de Agua de Coco
– Legado: quien vaya a realizar un testamento, además de designar la persona o personas legítimas que reciban sus bienes y derechos también puede dejar un tercio de esos bienes y derechos a una persona física o jurídica.
¿Cómo puedo dejar un legado o una herencia a Agua de Coco?
El procedimiento es muy sencillo: basta con ir a la notaría y hacer testamento de últimas voluntades (cuesta aproximadamente 50-60€). En el momento del fallecimiento de la persona, la notaría informaría a Agua de Coco de que es la destinataria del legado o herencia de una persona que ha querido dejarla sus bienes.
¿Cómo afectará mi legado a mis posibles herederos?
Al hacer un legado no perjudicamos los derechos de nuestros herederos forzosos (las personas que por ley tienen derecho a recibir su parte de la herencia), puesto que por imperativo legal se van a respetar sus derechos de legítima, así que podemos estar tranquilos al decidir cómo distribuir el resto de nuestro patrimonio.
¿Se puede cambiar nuestro testamento? ¿Cómo hacerlo?
Sí que es posible cambiar nuestro testamento siempre que queramos porque éste es revocable. Si ya lo tenemos hecho y queremos añadir a Agua de Coco, lo único que debemos hacer es acudir a la notaría y pedir que nos lo modifique. El testamento nuevo será el que tendrá validez a partir de ese momento.
¿Qué ocurre con los impuestos en caso de incluir a Agua de Coco en el testamento?
Si decides incluir a Agua de Coco en el testamento, la parte de la herencia que quieras otorgar a la ONG no se verá afectada por el impuesto de Sucesiones, puesto que Agua de Coco es una persona jurídica y por lo tanto no está sujeta a este impuesto. Así que si piensas en Fundación Agua de Coco como una de tus herederas o legatarias ten claro que lo que le asignes será destinado a mejorar la calidad de vida de miles de personas desfavorecidas en los países del Sur, especialmente las mujeres y los niños. Los ingresos de Agua de Coco que se deriven de herencias y legados, también están exentos del impuesto de Sociedades, por tratarse de una organización no lucrativa declarada de utilidad pública.
Piénsalo. Y antes de decidirte, infórmate. Descubrirás que dejar parte de tu herencia o hacer un legado es fácil y puede hacerse sin afectar a los intereses de tus herederos.
Te recomendamos que antes de tomar tu decisión consultes las leyes que rigen las herencias de tu país y ante cualquier duda te pongas en contacto con un notario/a o abogada especialista. En España solamente tienes que incluir una cláusula en tu testamento indicando tu deseo, como por ejemplo:
“Lego (indicar la cantidad, porcentaje o enumerar los bienes) de mi propiedad, con cargo a la parte de libre disposición a la Fundación Agua de Coco, para que los destine al cumplimiento de su misión. (contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas desfavorecidas en los países del Sur, especialmente las mujeres y los niños, a través de la educación como motor del desarrollo sostenible).”
Y recuerda
- Puedes incluir a Agua de Coco en tu testamento junto con familiares amigos y otras entidades. Es compatible.
- Al hacer testamento, facilitas la vida a tus herederos y legatarios, y reduces gastos.
- Si tus circunstancias, deseos o intenciones cambian, puedes modificar tu testamento tantas veces como quieras.
- En caso de que no exista testamento y no haya herederos, los bienes y derechos pasarán a ser propiedad del Estado.
- Agua de Coco es una fundación reconocida de utilidad pública y no está sujeta al impuesto de sucesión. Significa que los bienes recibidos por herencia o legado harán posible que mejore la calidad de vida de niñas, niños y sus familias, en países empobrecidos.
- La rendición de cuentas y la transparencia son una prioridad para Agua de Coco. Puedes consultar nuestras cuentas auditadas en el Informe de auditoría en nuestra web.
- Cumpliremos y haremos cumplir tu voluntad en todo momento. Estaremos a la altura de tu confianza.
- Si decides incluir a Fundación Agua de Coco en tu testamento, es muy importante hacer constar nuestros datos identificativos: Fundación Agua de Coco con CIF: G-18860643 y dirección fiscal en C/ Acera del Darro, nº 40, 1º B, 18005 de Granada. Con este gesto solidario, haces posible que se respeten los derechos de miles de niñas y niños. ¡Gracias en nombre de los miles de niños y niñas a los que estás apoyando!
¡Gracias en nombre de todas las personas que recibirán tu ayuda!
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